
Hacemos un repasito de las ayudas fiscales para familias numerosas que podemos disfrutar en la Comunidad de Madrid.
VIVIENDA
Deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos
La deducción es del 10% del precio de adquisición de la vivienda adquirida como consecuencia del nacimiento o adopción de hijos, y con un límite máximo anual de 1.546,50 €, tanto en tributación individual, como en tributación conjunta. El importe de la deducción se prorratea por diez años. La adquisición de la vivienda tiene que producirse a partir de 1 de enero de 2023. Y el límite del valor de la vivienda debe ser igual o inferior a 250.000 €. La aplicación de esta deducción es incompatible con la aplicación del tipo reducido en el ITP por compra de vivienda en el caso de familia numerosa. Más info AQUI
Aplicación del tipo reducido en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Aplicación del 4% en el ITP por compra de vivienda en el caso de familia numerosa. Y en el caso de Actos Jurídicos Documentales, la bonificación aplicable en el caso de familia numerosa es del 95% sobre el tipo general del 0,75%. Más info AQUI
EDUCACIÓN
Deducción por gastos educativos
La deducción es del 15% por gastos de escolaridad; 15% por gastos de enseñanza de idiomas y el 5% por gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar. La deducción está sujeta a límites máximos. Más info AQUI
AYUDAS POR HIJO
Deducción por nacimiento o adopción de hijos
La cuantía de la deducción es de 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado, y en caso de partos o adopciones múltiples la cuantía correspondiente al primer periodo impositivo en que se aplique la deducción se incrementará en 721,70 € por cada hijo. La deducción está sujeta a límites de renta. Más info AQUI
Deducción por la obtención de familia numerosa de categoría general o especial
- La deducción por la obtención de familia numerosa de categoría general es del 50% de la cuota íntegra autonómica para aquellas familias que obtengan la categoría general, con los siguientes límites máximos: 6.186 euros en tributación individual y 12.372 euros en tributación conjunta.
- La deducción por la obtención de la categoría especial será del 100% de la cuota íntegra autonómica, con unos límites máximos de 12.372 euros en tributación individual y de 24.744 euros en tributación conjunta.
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Deducción por cuidado de menores de 3 años, personas dependientes y personas con discapacidad
La deducción es del 40% de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social por contratación de personal de apoyo en el hogar en el caso de familias numerosas y con un límite de la deducción de 618,60 € anuales. Más info AQUI
Os recordamos que es muy IMPORTANTE: ACTUALIZAR EL DNI DE LOS HIJOS PARA EL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA. Si no se lleva a cabo esta actualización, puede que vuestros hijos no consten en Hacienda a la hora de la deducción del IRPF. Os lo explicamos AQUI