En esta sección tenéis enlaces a diferentes noticias sobre ayudas sociales y becas de entidades públicas y empresas:


BECAS COMEDOR ESCOLAR (2024-2025) 2ª CONVOCATORIA

El martes 4 de febrero, salió la Lista provisional de admitidos y excluidos de esta 2ª convocatoria de las Becas de comedor escolar (2024/25). Os mandarán un SMS o correo electrónico. No publicarán listas.

Se abre plazo de subsanación del 5 al 18 de febrero de 2025: Aquí


BONO ALQUILER JOVEN

Está abierta la convocatoria desde el 3 de febrero de 2025, exclusivamente de manera telemática, a través del Portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid. Se recomienda a los interesados registrarse previamente en la Cuenta Digital, ya que se requiere un sistema de identificación como DNI electrónico, Cl@ve, Certificado digital o Identifica.

Las ayudas se concederán hasta agotar el presupuesto disponible, por lo que se aconseja presentar la documentación con la mayor rapidez posible.

Podrán solicitar la ayuda jóvenes de entre 18 y 35 años que acrediten ingresos regulares inferiores a tres veces el IPREM. Es requisito imprescindible ser titular o estar en condiciones de firmar un contrato de arrendamiento de vivienda o habitación, que deberá constituir su residencia habitual y permanente.

Condiciones de la ayuda

Límites de renta:

  • Vivienda: hasta 600€ mensuales (900€ en determinados municipios donde el precio del alquiler es más elevado).
  • Habitación: hasta 300€ mensuales (450€ en ciertos municipios).

Importe:

  • 250€ mensuales por beneficiario.
  • Duración máxima de 24 meses.
  • Se destina exclusivamente al pago del alquiler, sin incluir otros gastos como garajes, trasteros, suministros o impuestos.

Documentación requerida

Para optar a la ayuda, es necesario presentar:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Justificante de ingresos (nóminas, declaración de la renta o vida laboral).
  • Contrato de alquiler vigente o compromiso de firma.
  • Número de cuenta bancaria para el abono de la ayuda.

¿Cómo recibiré el Bono?

En el primer pago se incluirán las mensualidades justificadas con los recibos del pago del alquiler de la anualidad de 2024 aportados con la solicitud.

El segundo y sucesivos pagos se realizarán de manera anual, para lo cual, durante los días 1 al 15 del mes de diciembre de cada anualidad que comprenda el periodo subvencionado, las personas beneficiarias presentarán los justificantes acreditativos del pago del precio de alquiler o de cesión de la vivienda o habitación de las mensualidades correspondientes a dicha anualidad.

Más información


Aquí os dejamos un calendario de Becas 2025 para estudiar, viajar, aprender idiomas, hacer prácticas…Mirad las propuestas que os puedan interesar. Tenéis más información AQUI.

Además, la FEDMA ha hecho un análisis de las becas escolares que podéis ver AQUI

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