Hemos consultado en varios ayuntamientos sobre la aplicación de las nuevas fechas de caducidad de los títulos de familia numerosa para las bonificaciones en IBI el próximo año. Cada Ayuntamiento tiene su propia normativa y forma de aplicación. Os mostramos algunos de ellos.
AYUNTAMIENTO DE MADRID:
Desde la Agencia Tributaria de Madrid nos comunican que: « Según el artículo 12 de la Ordenanza Fiscal que se va a aprobar para el 2024 , la asignación por familia numerosa va a pasar a ser apreciada de oficio, ya no va a tener que solicitarse por el contribuyente.»
A partir de ahora, será el propio Ayuntamiento el que consultará la base de datos de la Comunidad de Madrid en la que figuran los títulos y, con ello, en 2024 no será necesario pedir la bonificación por familia numerosa.
Toda la información sobre esta bonificación AQUI
AYUNTAMIENTO SSREYES:
El Ayuntamiento de Sanse tiene acceso a la plataforma de intermediación de la CAM, por lo que podrá verificar los títulos de familia numerosa que han ampliado la vigencia por el nuevo decreto. Sin embargo, tener en cuenta varias excepciones:
- Todos los títulos que estén expedidos fuera de la CAM, NO pueden ser revisados.
- Todos los que se han RENOVADO en 2023 por cambio en el número de hijos o cualquier otra circunstancia, deberán aportarlo para seguir percibiendo la bonificación.
- La entrega del título tiene que ser ANTERIOR al 1 de marzo.
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS:
El Ayuntamiento de Alcobendas no es necesario solicitar cada año la bonificación, únicamente se tiene que realizar cuando se renueve el título de familia numerosa o cuando se produzcan cambios en la situación familiar que afecta a la condición de familia numerosa. NO tiene acceso aún a la plataforma de intermediación, por lo que no puede acceder a las nuevas fechas de los títulos. Nos han comunicado que, seguramente a primeros de año, puedan ya tener dicho acceso pero que, al ser una bonificación «rogada» en las ordenanzas municipales, (es decir, que hay que pedirla), al hacer la solicitud habría que marcar el consentimiento de datos para que desde el Ayuntamiento pudieran acceder a la CAM. En cualquier caso, si se os ha caducado este año, entregad el nuevo título con la nueva fecha.
Toda la información al respecto AQUI
AYUNTAMIENTO ALGETE:
En el Ayuntamiento de Algete, como se hace en función de la declaración de la renta, tenéis que solicitarlo anualmente antes del 31 de diciembre. NO tienen acceso a la caducidad de vuestros títulos, así que hay que presentarlo obligatoriamente. Más INFO
AYUNTAMIENTO COLMENAR VIEJO:
En el Ayuntamiento de Colmenar sólo hay que solicitarlo la primera vez, a través del siguiente formulario y siempre en los meses de enero y febrero. A partir de esa primera solicitud, se renueva automáticamente hasta la fecha de caducidad. En este caso, tampoco tienen acceso a la plataforma de intermediación, así que tendréis que aportarlo, si se os caduca, para que os prorroguen la bonificación. Es importante saber que NO son acumulables las bonificaciones, es decir, que si tenéis la de placas solares, no optaréis a la de familia numerosa. El Ayuntamiento aplica la más beneficiosa al contribuyente si solicitáis ambas, pero sólo aplica una.
AYUNTAMIENTO SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX:
En el Ayuntamiento de S. Agustín, igualmente hay que solicitarlo sólo la primera vez y se mantiene hasta la fecha de caducidad del mismo, pero igualmente debéis aportarlo si se os caduca, no tienen acceso a las nuevas fechas. El plazo límite es hasta el último día del mes de enero. Tenéis el formulario de solicitud AQUÍ
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