AYUDAS SOCIALES Y BECAS

En esta sección tenéis enlaces a diferentes noticias sobre ayudas sociales de entidades públicas y empresas que nos pueden afectar de un modo u otro. Para verlas todas, tenéis que entrar al enlace e ir bajando:

NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDA AL ALQUILER CAM

ayuda al alquiler

Las ayudas al alquiler de vivienda en Madrid se podrán pedir desde el 1 de noviembre

A la convocatoria pueden adherirse familias numerosas, jóvenes y mayores de 65 años, entre otros colectivos.
Las peticiones se harán a través del portal web institucional de la Comunidad y el plazo para formalizarlas finalizará el 15 de diciembre.Los beneficiarios percibirán una subvención que cubrirá hasta el 50% del importe de su arrendamiento.
Por otro lado, el programa de ayuda a las personas jóvenes está diseñada para personas menores de 35 años y también contempla el abono de hasta el 50% del coste del alquiler, siempre que la vivienda en cuestión sea residencia habitual y la renta del piso no supere los 600 o los 900 euros, en el caso de inmuebles situados en 29 municipios donde el precio de mercado de las viviendas es superior, o entre 300 y 450 euros si se trata del alquiler de una habitación.

Podéis ver la información al respecto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM)
La semana pasada, el Consejo de Gobierno de la Comunidad aprobó duplicar con una inversión de más de 21 millones el presupuesto para los programas Ayuda al alquiler de vivienda y Ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico. En concreto, la primera ayuda tiene una dotación de 11,3 millones de euros y la segunda de 9,86 millones.


NUEVA AYUDA DIRECTA POR PARTO O ADOPCIÓN MULTIPLE DE LA CAM

A partir del 1 de enero de 2024 la Comunidad de Madrid dará una nueva ayuda directa por parto o adopción múltiple, un pago único de 1.800 euros por cada hijo. Así, los padres o adoptantes de gemelos o mellizos podrán recibir 3.600 euros para hacer frente a los primeros gastos de los recién nacidos.

Cada familia recibirá en un solo pago 3.600 euros en caso de parto o adopción de dos hijos, 5.400 en el caso de tres, y así sucesivamente. Esta ayuda serán compatibles con otras prestaciones como el cheque bebé, que reciben gestantes menores de 30 años desde la semana 21 de embarazo, así como adoptantes, y hasta que el hijo (o hijos, si ha sido parto o adopción múltiple) cumple 2 años.

Es una ayuda directa, lo que quiere decir que es un dinero que se ingresará en la cuenta de las familias (más adelante se conocerán más detalles sobre su tramitación), por lo tanto, no es una deducción que haya que solicitar en la declaración de la renta.


CAMPAÑA VUELTA AL COLE AFFLELOU-CARREFOUR CON GAFAS GRATIS

El 4 de septiembre se inició la campaña de la Fundación Alain Afflelou para mejorar la visión de los escolares. Este año, junto con Carrefour, harán una revisión visual gratuita y entregarán unas GAFAS GRATIS a los menores de entre 5 y 7 años que tuvieran algún problema al respecto HASTA EL 22 DE OCTUBRE. Tenéis las condiciones AQUI


PLAN RENOVE DE LA CAM PARA CALDERAS Y AIRES ACONDICIONADOS

La Comunidad de Madrid ha abierto una nueva convocatoria de ayudas de hasta 500 euros para la sustitución de antiguos aires acondicionados, calderas y calentadores domésticos. El cambio tendrá que realizarse por nuevos equipos más eficientes y menos contaminantes.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de noviembre en la página web de la Fundación de la Energía

Las ayudas de este nuevo Plan Renove de Calderas y Equipos de Aire Acondicionado podrán alcanzar un máximo de 500 euros por vivienda, en función del tipo de equipo sustituido y las características del nuevo sistema instalado. El programa contempla subvenciones de hasta 450 para la renovación de antiguas calderas por nuevas de condensación y de 150 para calentadores estancos de bajo NOx (óxido de nitrógeno).

En el caso de aires acondicionados, los nuevos aparatos deberán ser de clase A+ de eficiencia energética o superior. Llegarán hasta los 200 euros en modelos monosplit, 350 euros los multisplit y 500 euros para sistemas de distribución por conductos. Todos estos incentivos están limitados a un máximo del 25% del coste elegible (IVA no incluido) –compra e instalación–.

Se incluyen en esta línea todas aquellas actuaciones realizadas desde el 1 de enero de este año, siempre que hayan sido ejecutadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.


¿Tienes hijos de 0 a 3 años?

Así puedes pedir los 100 euros al mes con nuevos beneficiarios para 2023

A partir de enero de 2023 se amplía a nuevos beneficiarios la «ayuda» de 100 euros al mes que hasta ahora percibían las madres trabajadoras, dadas de alta en la Seguridad Social, con hijos de 0 a 3 años, y que a partir de ahora se amplía a otros supuestos: madres que estén recibiendo una prestación por desempleo, las que trabajen a tiempo parcial o temporal y las que hayan cotizado un mínimo de 30 días a partir del nacimiento del hijo. También podrán recibirla padres en determinadas circunstancias.

Esta ayuda es en realidad una deducción fiscal de 1.200 euros (deducción por maternidad), y, como tal, no se aplica ni en País Vasco ni Navarra, donde existe un régimen fiscal diferente por ser comunidades forales. Sus beneficiarios, de toda España excepto de estas dos comunidades, pueden aplicarla directamente en la declaración del IRPF o solicitar su abono anticipado, a razón de 100 euros al mes. Para solicitar el pago por adelantado debe presentarse el modelo 140 en la Agencia Tributaria. Más información AQUI.


SUBIDA DEL IPREM

Con la entrada en el nuevo año, el IPREM, índice de referencia para varias prestaciones sociales y también para calcular la renta en el caso de familias de 4 hijos que pasan a ser de numerosas categoría especial, se ha actualizado para este 2023, quedando fijado en 600 euros, en 7.200 euros cuando se trate del IPREM anual en 12 pagas y de 8.400 euros/año cuando se hable de 14 pagas. Tenéis más información sobre este índice AQUI


BUSCADOR DE AYUDAS A LA NATALIDAD

La Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2022-2026 del Ministerio de Derechos Sociales, recoge información actualizada sobre las ayudas para las familias.

Es una herramienta muy fácil de utilizar que permite obtener información personalizada sobre las ayudas y beneficios que el Gobierno regional ha puesto a disposición de los madrileños que quieren tener su primer hijo o ampliar la familia, así como iniciar la tramitación de las correspondientes ayudas. Solo es necesario contestar unas preguntas muy sencillas sobre su edad, renta, número de hijos o situación laboral y familiar.

Buscador


AYUDA DEL ESTADO PARA LA INFANCIA

Mantenemos la noticia de la nueva ayuda a la Infancia del Gobierno, que salió en enero, para que todos los que no la conocéis, podáis ampliar la información en el enlace de más abajo.

También os recordamos que, para recibir el nuevo complemento de Ayuda para la Infancia, es obligatorio el DNI/NIE de toda la familia, incluidos niños y bebés.
Si ya la habéis presentado, os los requerirán y, por lo visto, dan un plazo de diez días para aportarlo, por lo que es importante que lo vayáis obteniendo ya, si no los tenéis.

Os recordamos que el DNI es gratuito para las Familias numerosas, siempre y cuando aportéis el título oficial de familia numerosa.

Aquí os dejamos el enlace para solicitar Cita previa DNI

NO ES SOLO PARA FAMILIAS QUE RECIBEN EL INGRESO MÍNIMO VITAL. Así que revisadlo, por favor. Toda la información al respecto la tenéis aquí.


AYUDA ECONÓMICA PARA MADRES MENORES DE 30 AÑOS

Esta ayuda económica a la natalidad de la CAM consiste en un abono mensual de 500 euros desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla dos años.

La cantidad se incrementará en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. El pago se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años, salvo en el caso de las adopciones, en las que el abono de las 24 mensualidades no tendrá en cuenta la edad del menor, sino que comenzará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.

Los requisitos para solicitar esta ayuda son:

1. Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España. Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.

2.Tener 30 años o menos.

3.Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. A efectos del cómputo del plazo exigido se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.

4.No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

5.No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Tenéis toda la información AQUI


Se amplía al 65% el descuento en el bono social de la luz y, tal y como pedía la FEFN, el límite del consumo bonificable

Las familias numerosas que estén acogidas al bono social de la electricidad se beneficiarán a partir de ahora de un 65% de descuento en el precio del consumo de luz, según el Real Decreto aprobado esta semana por el Gobierno, que ha establecido una serie de medidas para apoyar a los hogares a la hora de enfrentarse a la facturas eléctricas, ante la actual inflación, al haberse disparado los precios de la energía la electricidad, además de muchos otros bienes de primera necesidad.

Este 65% de bonificación se aplicará a los consumidores vulnerables, entre ellos las familias numerosas por sus necesidades especiales de consumo, que hasta ahora se beneficiaban de un 60% de descuento, mientras que consumidores con vulnerabilidad severa tendrán un 80% de bonificación en lugar del 70% que venían disfrutando desde hace meses. Este incremento se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2023.

Una demanda de la FEFN

También se ha ampliado, tal y como pedía la Federación Española de Familias Numerosas, el límite de consumo bonificable, es decir, el máximo de electricidad a la que se aplica la bonificación, que pasa de los 4.140 kw a 4.761 kw., una cantidad más adecuada para cubrir las necesidades de consumo de las familias numerosas, tal y como expuso la FEFN a la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, en la reunión que mantuvo con ella el año pasado.

También se ha reforzado el bono térmico que se aplica a todos los beneficiarios del bono social de la electricidad, entre ellos las familias numerosas, con una mayor dotación presupuestaria para 2022 y 2023. Según el Gobierno, la cantidad mínima por familia será ahora de 40 euros y el importe medio anual se situará en 375 euros, el doble que hasta ahora.

Todas estas medidas forman parte del paquete de acciones que ha tenido que establecer el Gobierno para paliar el fuerte impacto que la inflación, y en particular la subida del precio de la energía, está teniendo en las familias. Consciente de que de cara al invierno se verá afectado un buen número de familias, más allá de las que ya están acogidas al bono social, el Gobierno ha creado un nuevo bono eléctrico que llegará a más hogares con un 40% de bonificación sobre el consumo de electricidad. Ver detalles en el Real Decreto, aquí.

¿Cómo obtener el bono social?

El Bono Social para familias numerosas es una ayuda que nos concede el Gobierno para afrontar el pago de las facturas de luz, reuniendo unos requisitos mínimos (Potencia eléctrica contratada igual o inferior a 10 kW, solo se aplica en residencias habituales, no en segundas viviendas, y el titular siempre es persona física). Asimismo, la concesión del Bono Social eléctrico también implica el acceso automático al Bono Social térmico. Este último, se cobra durante el primer trimestre del año mediante una transferencia bancaria por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente. Para ello, es necesario que el usuario sea beneficiario del Bono Social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.

El precio que pagará un consumidor acogido al Bono Social -llamada tarifa de último recurso- por la electricidad consumida, será el que resulte de aplicar un 25% de descuento sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor y de un 40% para los consumidores vulnerables severos. No obstante, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023, el descuento será del 65%, en el primer caso y del 80% en el segundo.

También se ha ampliado, tal y como pedía la Federación Española de Familias Numerosas, el límite de consumo bonificable, es decir, el máximo de electricidad a la que se aplica la bonificación, que pasa de los 4.140 kw a 4.761 kw., una cantidad más adecuada para cubrir las necesidades de consumo de las familias numerosas, tal y como expuso la FEFN a la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, en la reunión que mantuvo con ella el año pasado.

También se ha reforzado el bono térmico que se aplica a todos los beneficiarios del bono social de la electricidad, entre ellos las familias numerosas, con una mayor dotación presupuestaria para 2022 y 2023. Según el Gobierno, la cantidad mínima por familia será ahora de 40 euros y el importe medio anual se situará en 375 euros, el doble que hasta ahora.

En este enlace podéis encontrar toda la información relativa a la obtención del bono social. Los requisitos, la documentación a aportar y cómo solicitarlo en las diferentes comercializadoras de referencia.


PRESTACIÓN ECONÓMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad

Prestación económica de pago único a tanto alzado (1000€) que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos. No se reconoce la prestación en los supuestos de acogimiento familiar. Toda la información AQUI

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